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El contrato anulable es aquél en el que concurren todos los requisitos necesarios para su validez y produce efectos, pero se encuentra afectado por algún vicio o defecto susceptible de producir su ineficacia si es impugnado. A diferencia del contrato nulo, que es ineficaz desde el principio, el contrato anulable produce efectos desde el momento de su celebración. Además, el contrato anulable puede ser convalidado, bien mediante confirmación, bien por caducidad. La anulabilidad no se produce de forma automática, ni puede ser apreciada de oficio, sino que debe determinarse mediante la acción de anulabilidad. ¿Quiere realizar una consulta concreta? ¿Necesita un abogado? Llame o consulte a nuestros abogados
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