Persona que en el proceso penal solicita a la autoridad judicial la persecución de un delito o falta con el fin de obtener el castigo del culpable.
Dentro de la acusación particular se suele distinguir la acusación particular en sentido estricto de la acusación popular. La primera es la parte procesal que ejercita la acción de persecución de un hecho ilícito penal como ofendido por el delito, directamente o a través de sus herederos o representantes. La acusación popular insta la persecución de un delito o falta sin ser parte ofendida por el delito. La posibilidad de perseguir un delito como mero ciudadano, sin ser víctima del mismo, deriva precisamente de un reconocimiento constitucional a los ciudadanos españoles.
La legitimación de la acusación particular deriva de ser el ofendido o perjudicado por el delito por lo que puedes utilizar nuestro teléfono para realizarnos consultas sobre la legitimación de la acusación particular, forma de ejercicio, fianza, costas, etc., o bien, si se quiere personar en un procedimiento como ofendido o perjudicado por un delito, puede ponerse en contacto con nosotros a través del siguiente formulario y le daremos cita para estudiar su caso.
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