Es un requisito formal imprescindible para la tramitación del expediente matrimonial que consiste en acreditar ante el Juez de primera instancia (también Juez de Paz o encargado del registro civil consular), los requisitos de capacidad, establecidos en el Código Civil, de los contrayentes ¿Quiere realizar una consulta concreta? ¿Necesita un abogado? Llame o consulte a nuestros abogados
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