La acción de reducción de donaciones tiene por objeto la rescisión parcial que la ley establece para rebajar, en cuanto al exceso, las donaciones que resulten inoficiosas, computado el valor líquido de los bienes del donante al tiempo de su muerte. (art. 654 CC). ¿Quiere realizar una consulta concreta? ¿Necesita un abogado? Llame o consulte a nuestros abogados
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